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InicioArtículosAduanasDespacho en Factoría

Artículo: Despacho en Factoría

Autor : Victor de Francisco
Fecha: 01/07/2004

En 4 minutos:

En una primera clasificación del despacho aduanero, podría hablarse de :

.Despacho de import/export en recintos estrictamente aduaneros (aduanas).
.Despacho de import/export en instalaciones privadas (instalaciones de grandes compañías de transporte internacional e instalaciones de grandes importadores o/y exportadores).

Habitualmente, los despachos aduaneros se realizan en recintos aduaneros. Como regla general y refiriéndonos a la UE, existen recintos aduaneros en :

- ciudades con puerto internacional (aduanas marítimas).
- ciudades con aeropuerto internacional (aduanas aéreas).
- ciudades con terminal ferroviaria internacional (aduanas ferroviarias).
- ciudades con terminal de camiones internacional (aduanas TIC).
- puestos fronterizos terrestres (aduanas TIC o/y aduanas ferroviarias).

En casi todas las ciudades importantes de la UE suelen existir, amén de aeropuerto internacional, terminal ferroviaria y terminal de camiones internacionales.

En consecuencia, hay ciudades en las que puede existir más de una aduana.
Así por ejemplo, la ciudad de Barcelona cuenta con un mínimo de cuatro aduanas : marítima, aérea, ferroviaria y TIC.

Excepcionalmente y con autorización previa de las autoridades aduaneras, se permite efectuar despachos aduaneros de import/export fuera de los recintos estrictamente aduaneros.

A saber: en instalaciones de grandes compañías de transporte internacional (receptores autorizados) y en instalaciones de grandes exportadores o/y importadores (despacho en factoría).

En esos casos , las citadas instalaciones privadas, se les considera recintos aduaneros y a ellas se desplazan, de forma periódica, funcionarios de los servicio de aduanas comunitarios para ejercer sus funciones fiscalizadoras, recaudadoras y estadísticas.

Veamos un ejemplo:
En el caso del despacho en la factoría de SEAT BARCELONA, cada mes, funcionarios del servicio de aduanas de la aduana principal de Barcelona se desplazan a SEAT BARCELONA para efectuar un control contable respecto de las operaciones de import /export allí efectuadas y de las consiguientes autoliquidaciones de derechos practicadas.

Para que una instalación privada obtenga de las autoridades aduaneras comunitarias la consideración de recinto aduanero y la consiguiente autorización para que se realicen en ella despachos aduaneros, debe reunir dos requisitos : que el titular de la instalación genere un importante volumen de tráfico de import-export y que la instalación se encuentre debidamente acondicionada y conectada informáticamente con la Aduana comunitaria más próxima.

La realización de despachos aduaneros en las instalaciones de empresas privadas genera dos indudables efectos positivos para los servicios aduaneros comunitarios .

A saber: descongestión y ahorro de costes.

F.Javier Yúfera
jyufera@reexporta.com



Documento adjunto:

Fuente: F.Javier Yúfera


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