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InicioArtículosContratación internacionalOperatividad de las operaciones triangulares (I)

Artículo: Operatividad de las operaciones triangulares (I)

Autor : Victor de Francisco
Fecha: 20/01/2004

En tres minutos:

La globalización de los mercados internacionales, la tecnificación en los transportes, conjuntamente con el incesante progreso en el campo de las nuevas tecnologías, son factores favorables para las llamadas operaciones triangulares o “negociación internacional de mercancías”.

Debemos entender por operaciones triangulares a aquéllas en la que un residente en España adquiere mercancía en el exterior, procediendo a su venta en un tercer país, sin que la mercancía sea introducida en territorio aduanero español; por lo que no debemos incurrir en el error de englobar en este tipo de operaciones a aquellas donde la empresa comercializadora adquiere una mercancía a un vendedor situado fuera del territorio aduanero español, la transporta al interior del territorio y posteriormente realiza una salida a un tercer país.

Las posibles variaciones de este tipo de operaciones, vendrán determinadas por la situación geográfica de la empresa fabricante y la empresa compradora, es decir, si una de ellas o ambas están situadas en el interior o el exterior de la Unión Europea.


Varias son las consideraciones que debemos tener en cuenta en este tipo de operaciones, pero sin duda, la que más preocupa por el número de consultas realizadas, es la documentación.

No obstante, esta preocupación disminuye cuando fabricante y comprador están localizados en el interior de la Unión Europea, constituyéndose en una operación intracomunitaria, donde. Como todos vosotros sabéis, la necesidad de los controles aduaneros desaparece.

Una de las características de las operaciones triangulares, por lo general, es la necesidad por parte del intermediario de que fabricante y comprador no se conozcan. Ello conlleva a que los documentos necesarios para la importación en el país de comprador necesiten de un mayor control.

¿Qué documentos ha de entregar mi empresa intermediaria al comprador? y el certificado de origen ¿quién lo expide?, ¿qué pasa con el documento de transporte? y ¿la factura?. En cuanto a las facturas comerciales, las de la empresa intermediaria deben sustituir a las emitidas por la empresa fabricante, por lo que se ha de tener muy en cuenta que éstas no se entreguen al comprador.

Una empresa española que esté dada de alta en una Cámara de Comercio a efectos de solicitar Certificados de Origen, lo puede hacer de una mercancía no española, incluso aún no habiéndose producido la entrada de la misma en el territorio aduanero español.

Con ello la empresa intermediaria podrá solicitar la expedición del Certificado de Origen aportando su propia factura (la misma que posteriormente enviará al comprador), especificando el origen del país de la empresa fabricante.

Por último, el documento de transporte. Este debe ser emitido por un operador de transporte internacional en el país de la empresa fabricante, teniendo muy en cuenta la información contenida en el mismo.

La segunda parte de la operatividad de las operaciones triangulares hablará de cómo debe ir cumplimentado el documento de transporte.

Alberto Rino
arino@reexporta.com



Documento adjunto:

Fuente: Alberto Rino


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